Programa TIC Cámaras: Plan de ayudas para PYMES y autónomos

La Cámara de Comercio acaba de lanzar un importante plan de ayudas dirigido a PYMES, microempresas y autónomos, con el objetivo de mejorar la competitividad de un negocio, o la creación de empresas, a través del uso y aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) y los conocimientos de marketing digital en sus estrategias empresariales (proyectos TIC).

El Programa TIC Cámaras tiene como principal objetivo fomentar la expansión de la digitalización empresarial en los diferentes sectores del mercado español. El mercado digital está estrechamente unido al desarrollo de las nuevas tecnologías, por ello, para competir en el escenario nacional o en la Unión Europea las pequeñas y medianas empresas van a tener que adaptarse y ampliar la visibilidad de su negocio, así como mejorar la reputación online del mismo. 

Financiado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), este programa ofrece a empresas y autónomos un diagnóstico integral a cargo de personal técnico, sin coste adicional.

Así, las diferentes Cámaras de Comercio de España, distribuidas por las distintas Comunidades Autónomas, van a ser las entidades encargadas de publicar las convocatorias para que los negocios y profesionales que estén interesados en formar parte del programa de ayudas, puedan solicitarlo.

El programa de ayudas para empresas se divide en dos fases: 

Fase I: Diagnóstico Asistido de TIC (DAT). Un técnico de la Cámara de Comercio es el encargado de realizar un diagnóstico del negocio, incidiendo especialmente en la evaluación del nivel de digitalización de la empresa y las oportunidades de expansión digital que existen en su sector. 

El siguiente paso es la elaboración de un informe donde se recogen varias recomendaciones y propuestas de mejora en cuanto a comercio electrónico, SEO y marketing online, teniendo en cuenta las necesidades y las áreas estratégicas donde las TIC pueden mejorar especialmente la competitividad de la empresa: relación con clientes, procesos internos, información, etc. 

Fase II: Implantación de la solución tecnológica. Teniendo en cuenta el diagnóstico y el plan de implantación personalizado acordado con el asesor técnico, la empresa decidirá quiénes serán las empresas proveedoras de las soluciones tecnológicas a implementar en el negocio.

¿Qué tipo de servicios se pueden implementar a través del Programa TIC Cámaras?

Una empresa o profesional beneficiario podrá invertir la ayuda en servicios tales como:

  • Estrategias de marketing digital: redes sociales, campañas de publicidad online, email marketing, SEO, etc.
  • Creación de tiendas online (ecommerce) y diseños web
  • Realización de proyectos audiovisuales relacionados con productos: vídeos promocionales, fotografías de productos, etc.
  • Implementación de mejoras en los procesos de envío o pago (facturación online), y mejoras de seguridad en el ámbito digital (firma digital).
  • Herramientas de productividad en la nube: CRM, loT, Big Data, realidad virtual, etc.

Si me conceden la ayuda, ¿de cuánto crédito voy a disponer?

El coste máximo financiable por proyecto es de 7.000 € (IVA no incluido), aunque dependiendo de cada Comunidad Autónoma, el porcentaje de la parte subvencionable puede variar, desde el 40% hasta el 85%. En este sentido, en Madrid la parte subvencionable se sitúa en el 40%, mientras que en otras comunidades, como Galicia o Asturias, el porcentaje aumenta.

Un aspecto importante a tener en cuenta es que el programa es prefinanciado en su totalidad por la empresa beneficiaria, y posteriormente se lleva a cabo el ingreso de la parte subvencionada (en algunos casos se puede demorar hasta 1 año).

¿Qué documento tengo que aportar para solicitar la ayuda?

Una empresa se puede acoger al Programa TICCámaras siempre y cuando presente una serie de documentación legal imprescindible para poder avanzar en el proceso.

  • Copias impulsadas de DNI de los representantes de la empresa (o del solicitante, si se trata de un autónomo), acompañado de un documento legal que acredite dicho poder de representación, así como el CIF de la empresa. 
  • Anexos de solicitud I, II, III y IV (Ver aquí), así como la declaración jurada del cumplimiento de requisitos. 
  • Certificados de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Seguridad Social, para demostrar estar al corriente de las obligaciones fiscales.

En función de la Cámara de Comercio provincial pertinente, las empresas podrán compulsar toda la documentación directamente a través de la sede electrónica. 

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